FIDEICOMISO

Zona Restringida

A través de este fideicomiso se le permite a un extranjero (Persona Física o Moral) el uso y goce de un inmueble ubicado en Zona Restringda (franja de 100 Km a lo largo de la frontera y 50 Km a lo largo de la playa costa, Artículo 27 Constitucional); designado al extranjero como posesionario.

Se requiere permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores; el permiso tiene una vigencia de 50 años y puede prorrogarse.

Gafide

CONOCE LAS

Partes del Fideicomiso

Fideicomitente

Se refiere a un persona con un rol de Vendedor

Fiduciario

Se refiere a una Institución Bancaria

Fideicomisario

Se refiere a la persona con un rol de Comprador

Te acompañamos en cada
paso de tu proceso legal

CONOCE LOS

Beneficios del Fideicomiso

  • Puede ceder sus derechos a otro extranjero, adquiriendo el nuevo beneficiario el derecho de uso y goce del inmueble
  • Puede transmitir el inmueble a mexicanos y como consecuencia de lo anterior se extingue totalmente el fideicomiso
  • Puede designar a sus beneficiarios en cualquier momento
  • Puede disponer del inmueble en todo momento
  • Por instrucciones del extranjero, se puede otorgar el inmueble en garantía
  • El fiduciario únicamente actúa por instrucciones del fideicomisario (extranjero) de conformidad a los fines establecidos en el fideicomiso.