FIDEICOMISO
Zona Restringida
A través de este fideicomiso se le permite a un extranjero (Persona Física o Moral) el uso y goce de un inmueble ubicado en Zona Restringda (franja de 100 Km a lo largo de la frontera y 50 Km a lo largo de la playa costa, Artículo 27 Constitucional); designado al extranjero como posesionario.
Se requiere permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores; el permiso tiene una vigencia de 50 años y puede prorrogarse.
CONOCE LAS
Fideicomitente
Se refiere a un persona con un rol de Vendedor
Fiduciario
Se refiere a una Institución Bancaria
Fideicomisario
Se refiere a la persona con un rol de Comprador
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